Última revisión
05/09/2007
Sentencia Social Nº 2202/2007, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2023/2007 de 05 de Septiembre de 2007
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 05 de Septiembre de 2007
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: OLIET PALA, FERNANDO
Nº de sentencia: 2202/2007
Nº de recurso: 2023/2007
Núm. Cendoj: 18087340012007101060
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Granada, que estimando la excepción de incompetencia de jurisdicción, desestimó la demanda en materia de contrato de trabajo. En este caso, ha de concluirse que la relación contractual que a las partes ha vinculado no era de carácter laboral, ya que está demostrado que la trabajadora disponía de medios y organización propia, dirigiendo un equipo de agentes, no tenía horario de trabajo impuesto por la empresa, de tal modo que organizaba su propia agenda, percibía una retribución fija y otra variable según los resultados conseguidos. Ha efectuado las declaraciones fiscales correspondientes por IVA e IRPF, y si bien disponía de material facilitado por la empresa y recibía a los clientes de esta en las oficinas de la misma, tal circunstancia no implica una minoración de la independencia con la que desarrollaba su actividad, la cual ha de calificarse como de naturaleza mercantil, por lo que procede desestimar el recurso.
Voces
Representante de comercio
Relaciones laborales de carácter especial
Contrato de Trabajo
Relación jurídica
Contraprestación
Relaciones no laborales
Indemnización por clientela
Pacto de no competencia
Horario laboral
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