Última revisión
27/04/2017
Sentencia SOCIAL Nº 220/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 256/2012 de 21 de Marzo de 2012
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 21 de Marzo de 2012
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: GARCIA ALVAREZ, MARIA DEL ROSARIO
Nº de sentencia: 220/2012
Nº de recurso: 256/2012
Núm. Cendoj: 28079340022012100238
Núm. Ecli: ES:TSJM:2012:1091
Núm. Roj: STSJ M 1091:2012
Resumen
AUSENCIAS INJUSTIFICADAS DEL TRABAJADOR. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. DIMISIÓN. NECESIDAD DE DESPIDO DISCIPLINARIO. No hay un enlace lo suficientemente preciso y directo entre la conducta del trabajador ausentándose del trabajo durante cinco días y la voluntad de extinguir el contrato ni aquella puede interpretarse como una clara voluntad de cesar. Las ausencias son injustificadas y, después de la carta, el trabajador no acudió a trabajar puesto que la empresa mediante ella dio por finalizada la relación laboral pero de la actuación descrita no se desprende que su voluntad fuera de manera cierta, clara y terminante la de extinguir la relación laboral por la causa prevista en el art 49.1.d) ET . Lo que hizo el demandante fue incurrir en ausencias injustificadas al trabajo pero no en una dimisión, pudiendo haber determinado aquellas un despido disciplinario por incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas, pero no una baja voluntaria como se pretende y ha sido declarado por la sentencia de instancia.
Voces
Dimisión del trabajador
Modificación del hecho probado
Contrato de Trabajo
Impago de salario
Absentismo laboral
Salario pactado
Puesto de trabajo
Negocio jurídico
Despido disciplinario
Extinción del contrato de trabajo
Voluntad unilateral
Pacto de permanencia en empresa
Despido improcedente
Salario diario
Ver el documento "Sentencia SOCIAL Nº 220/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 256/2012 de 21 de Marzo de 2012"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas