Última revisión
Sentencia Social Nº 208/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 4, Rec 1855/2004 de 26 de Abril de 2004
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 26 de Abril de 2004
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: LUELMO MILLAN, MIGUEL ANGEL
Nº de sentencia: 208/2004
Núm. Cendoj: 28079340042004100173
Resumen
Se establece en los estatutos sociales que de los tres administradores mancomunados, al menos dos han de actuar conjuntamente, y ahí es donde tendría que haber residido la alegación y prueba de la actora en orden a destruir la presunción legal y por las cuales resultase (hecho positivo) que eran los otros dos administradores quienes permanente, o al menos, habitualmente, habían ejercido efectivamente la función, de lo que se inferiría, en fin, que ella no ejerció como tal administradora mancomunada con funciones de dirección, o que si lo hizo, fue excepcional y aisladamente.
Voces
Tesorería General de la Seguridad Social
Administrador mancomunado
Presunción legal
Alta en el RETA
Régimen especial de trabajadores autónomos
Práctica de la prueba
Encabezamiento
RSU 0001855/2004
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00208/2004
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 …
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