Sentencia Social Nº 1600/...yo de 2004

Última revisión
07/05/2004

Sentencia Social Nº 1600/2004, Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3133/2003 de 07 de Mayo de 2004

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Orden: Social

Fecha: 07 de Mayo de 2004

Tribunal: TSJ Asturias

Ponente: GONZALEZ RODRIGUEZ, JORGE

Nº de sentencia: 1600/2004

Nº de recurso: 3133/2003

Núm. Cendoj: 33044340012004101881

Núm. Ecli: ES:TSJAS:2004:2448

Núm. Roj: STSJ AS 2448/2004

Resumen
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajador, al desestimar el recurso interpuesto por este. El demandante desatendió el plazo de preaviso para el final de la prórroga -había cumplido en cambio con el inicialmente fijado-, sin que haya justificado la demora -ni siquiera lo ha intentado según señala la sentencia-, por lo que la empresa al denunciar la concurrencia de causa extintiva del contrato de trabajo no hace sino aplicación del art. 49.1b) del Estatuto de los Trabajadores, cumplida como está la condición resolutoria fijada de mutuo acuerdo. Ese plazo era perentorio e improrrogable, por la propia voluntad de las partes, ante lo cual es indiferente el tiempo de retardo.

Voces

Excedencia voluntaria

Contrato de Trabajo

Extinción del contrato de trabajo

Excedencia forzosa

Categoría profesional

Voluntad de las partes

Suspensión del contrato de trabajo

Irrenunciabilidad de derechos

Abuso de derecho

Despido disciplinario