Última revisión
17/02/2003
Sentencia Social Nº 159/2003, Tribunal Superior de Justicia de Aragon, Sala de lo Social, Rec 26/2003 de 17 de Febrero de 2003
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 17 de Febrero de 2003
Tribunal: TSJ Aragon
Ponente: MORA METEO, JOSE ENRIQUE
Nº de sentencia: 159/2003
Nº de recurso: 26/2003
Núm. Cendoj: 50297340002003100124
Resumen
El TSJ desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social que desestima demanda en autos promovidos en reclamación de conflicto colectivo. Se reclama la revisión anual de salario en año bisiesto. Siendo la base para la revisión la masa salarial anual, sin distinciones, y no el salario diario, la revisión del año 2000 ha de hacerse sobre la misma, la masa salarial del año 1999. Si a consecuencia de ser el año bisiesto o por cualquier otra circunstancia, se efectúa una jornada superior a la pactada, el exceso deberá ser retribuido como horas extraordinarias, de modo que, en cualquier caso, por este sistema de cálculo se satisface el salario de todos y cada uno de los días trabajados." Se confirma sentencia recurrida.
Voces
Convenio colectivo
Salario bruto anual
Sindicatos
Salario pactado
Horas extraordinarias
Salario diario
Conflicto colectivo laboral
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