Sentencia Social Nº 156/2...zo de 2007

Última revisión
29/03/2007

Sentencia Social Nº 156/2007, Tribunal Superior de Justicia de Baleares, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 105/2007 de 29 de Marzo de 2007

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 29 de Marzo de 2007

Tribunal: TSJ Baleares

Ponente: MUÑOZ JIMENEZ, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 156/2007

Nº de recurso: 105/2007

Núm. Cendoj: 07040340012007100210

Núm. Ecli: ES:TSJBAL:2007:521

Resumen
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Palma de Mallorca, sobre incapacidad temporal. La presunción de laboralidad supone que la dolencia que padece el trabajador se considera derivada de accidente de trabajo. La efectividad de la presunción de laboralidad en el caso de las enfermedades requiere que la sintomatología de las mismas surja de manera repentina en el tiempo y en el lugar del trabajo. En el caso de autos, aún aceptando que el trastorno mixto depresivo ansioso que aqueja el actor pudiera provenir de una percepción subjetiva suya del entorno y vicisitudes de su trabajo, no consta probado que la crisis psíquica determinante de la baja médica se produjera por vez primera justo durante el desempeño de la actividad laboral.

Voces

Accidente laboral

Acoso laboral

Indefensión

Derecho a la tutela judicial efectiva

Mala fe

Valoración de la prueba

Testigo presencial

Baja en la seguridad social

Fuerza probatoria

Concentración

Oralidad

Medios de prueba

Incapacidad temporal

Datos sobre la salud

Comité de empresa

Baja médica

Daño corporal

Actividad laboral

Presunción legal