Última revisión
Sentencia Social Nº 156/2007, Tribunal Superior de Justicia de Baleares, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 105/2007 de 29 de Marzo de 2007
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 29 de Marzo de 2007
Tribunal: TSJ Baleares
Ponente: MUÑOZ JIMENEZ, FRANCISCO JAVIER
Nº de sentencia: 156/2007
Nº de recurso: 105/2007
Núm. Cendoj: 07040340012007100210
Núm. Ecli: ES:TSJBAL:2007:521
Resumen
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Palma de Mallorca, sobre incapacidad temporal. La presunción de laboralidad supone que la dolencia que padece el trabajador se considera derivada de accidente de trabajo. La efectividad de la presunción de laboralidad en el caso de las enfermedades requiere que la sintomatología de las mismas surja de manera repentina en el tiempo y en el lugar del trabajo. En el caso de autos, aún aceptando que el trastorno mixto depresivo ansioso que aqueja el actor pudiera provenir de una percepción subjetiva suya del entorno y vicisitudes de su trabajo, no consta probado que la crisis psíquica determinante de la baja médica se produjera por vez primera justo durante el desempeño de la actividad laboral.
Voces
Accidente laboral
Acoso laboral
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Mala fe
Valoración de la prueba
Testigo presencial
Baja en la seguridad social
Fuerza probatoria
Concentración
Oralidad
Medios de prueba
Incapacidad temporal
Datos sobre la salud
Comité de empresa
Baja médica
Daño corporal
Actividad laboral
Presunción legal
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