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Sentencia Social 1437/2005 Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha . Sala de lo Social, Rec. 947/2004 de 03 de noviembre del 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 03 de Noviembre de 2005
Tribunal: TSJ Castilla la Mancha
Ponente: MONTIEL GONZALEZ, JOSE
Nº de sentencia: 1437/2005
Nº de recurso: 947/2004
Núm. Cendoj: 02003340012005101374
Resumen
El TS estima el recurso interpuesto por el trabajador actor y condena a la empresa de trabajo o temporal y , subsidiariamente a la empresa usuaria, a que abonen al trabajador la prestación por incapacidad temporal interesada. Y ello al concluir que, si bien es cierto que el contrato de trabajo y el alta del trabajador en la Seguridad Social se produce el día 17 de abril de 2.002; la contingencia que ocasiona la iniciación de la incapacidad temporal se produce el día 16 de abril de 2.002, esto es, un día antes del alta del trabajador y de la formal suscripción del contrato de trabajo y del contrato de puesta disposición , y es esa circunstancia , la falta de alta, lo que da lugar a que sea la empresa de trabajo temporal abone de modo directo la prestación de incapacidad temporal, ante la negativa tanto del INSS como de la Mutua de asumir por tal razón el abono de la prestación.
Voces
Contrato de Trabajo
Incapacidad temporal
Empresas de trabajo temporal
Prestación de incapacidad temporal
Base de cotización
Contingencias comunes
Extinción del contrato de trabajo
Contrato de puesta a disposición
Contrato eventual por circunstancias de producción
Alta en Seguridad Social del trabajador
Automaticidad de las prestaciones
Prestación por desempleo
Cuantía de las prestaciones
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