Sentencia Social Nº 1278/...ro de 2011

Última revisión
09/02/2023

Sentencia Social Nº 1278/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 5358/2010 de 16 de Febrero de 2011

Tiempo de lectura: 16 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 16 de Febrero de 2011

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: BRACERAS PEñA, MARIA NATIVIDAD

Nº de sentencia: 1278/2011

Núm. Cendoj: 08019340012011101026

Resumen
DESPIDO NULO.- No lo es cuando el despido está fundamentado en enfermedad del trabajador.- Procede la declaración de improcedencia, conforme expresamente reconoció la empresa.- Se estima el recurso de suplicación interpuesto por empresa contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 27 de Barcelona, que declaró nulo el despido del actor. La Sala declara que la enfermedad en sentido genérico, desde una perspectiva estrictamente funcional de incapacidad para el trabajo, no puede ser considerada en principio como un motivo o factor discriminatorio en el ámbito del contrato de trabajo. Se trata, por una parte, de una contingencia inherente a la condición humana y no específica de un grupo o colectivo de personas o de trabajadores, y por otra, de una situación cuyo acaecimiento puede determinar, cuando se produce con frecuencia inusitada, que el mantenimiento del contrato de trabajo no se considere rentable por parte de la empresa. De ahí que, si el empresario decide despedir al trabajador afectado, podría ciertamente incurrir en conducta ilícita, si no demuestra la concurrencia de la causa de despido prevista en el art. 52.d) ET, pero no en una actuación viciada de nulidad radical por discriminación. Por ello, descartando la concurrencia de discriminación o de lesión de otro derecho fundamental del trabajador despedido, y siendo cerrada la lista de calificaciones de nulidad del despido, la conclusión es que el recurso de la empresa debe ser estimado, y el despido debe ser declarado improcedente, como reconoció expresamente la empresa.

Voces

Despido nulo

Contrato de Trabajo

Puesto de trabajo

Trabajador discapacitado

Prueba documental

Contrato de trabajo de duración determinada

Comité de empresa

Despido del trabajador

Incapacidad temporal

Sindicatos

Sección sindical

Ineptitud sobrevenida

Minusvalía

Derecho a la protección de la salud

Jurisdicción ordinaria

Relaciones de trabajo

Persona minusválida

Cuestiones prejudiciales

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2010 - 0000333

mi

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. …

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