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Sentencia Social Nº 1252/2006, Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1910/2005 de 21 de Abril de 2006
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Orden: Social
Fecha: 21 de Abril de 2006
Tribunal: TSJ Asturias
Ponente: FERNANDEZ ARDAVIN, LUIS CAYETANO
Nº de sentencia: 1252/2006
Núm. Cendoj: 33044340012006101493
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Gijón, sobre pesnsión de jubilación. Establece el Tribunal Supremo, que es posible ya al margen de las normas comunitarias, aplicar un convenio bilateral de seguridad social suscrito entre España y el país de que se trate, si del mismo deriva un trato más favorable para el asegurador, el cual debía de serle respetado incluso tras la adhesión de España al la Unión Europea. Esta teoría vienen a establecer la excepción a la regla general que se ha citado y que consiste, en el caso del convenio bilateral entre España y los Países Bajos, según lo dispuesto en su artículo 14.1.b, el cálculo de la pensión de jubilación conforme a las bases que le hubieran correspondido en los años anteriores al hecho causante y que el Tribunal Supremo fija en las bases medias, cuya doctrina fue seguida por la Juzgadora de instancia.
Voces
Prestación de jubilación
Cotización a la Seguridad Social
Cuestiones prejudiciales
Trabajador por cuenta ajena
Trabajador autónomo
Encabezamiento
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 01252/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN
N.I.G: 33044 34 4 2005 0103059, MODELO: 46050
TIPO Y Nº …
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