Sentencia SOCIAL Nº 1063/...re de 2017

Última revisión
01/02/2018

Sentencia SOCIAL Nº 1063/2017, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3765/2015 de 21 de Diciembre de 2017

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Orden: Social

Fecha: 21 de Diciembre de 2017

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SEGOVIANO ASTABURUAGA, MARIA LUISA

Nº de sentencia: 1063/2017

Nº de recurso: 3765/2015

Núm. Cendoj: 28079140012017100990

Núm. Ecli: ES:TS:2017:4814

Núm. Roj: STS 4814:2017

Resumen
GRUPO ELECTRO STOCKS SL. Contrato de compraventa de acciones entre la empresa y varios de sus trabajadores, en el que se establece una cláusula -la séptima- por la que los trabajadores asumen la obligación de no competencia durante un periodo de cinco años desde la firma del acuerdo -8 de julio de 2007- o hasta transcurridos dos años desde que el vendedor deje de participar en el riesgo y ventura del negocio. Los trabajadores solicitan se declare la nulidad de la cláusula. Se plantea si el orden social de la jurisdicción es competente para conocer esta cuestión. Es competente el orden social de la jurisdicción.

Voces

Contrato de Trabajo

Pacto de no competencia

Pacto de no competencia postcontractual

Puesto de trabajo

Buena fe

Extinción del contrato de trabajo

Falta de competencia

Precio de venta

Incapacidad permanente total

Intervención de abogado

Incongruencia omisiva

Condición de socio

Despido disciplinario

Gran invalidez

Pacto de no concurrencia

Salario base

Laudo arbitral

Reclamación de daños y perjuicios

Voluntad de las partes

Fondo del asunto