Sentencia Social 491/2024...o del 2024

Última revisión
18/04/2024

Sentencia Social 491/2024 Tribunal Supremo. Sala de lo Social, Rec. 9/2022 de 20 de marzo del 2024

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Orden: Social

Fecha: 20 de Marzo de 2024

Tribunal: TS

Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN

Nº de sentencia: 491/2024

Nº de recurso: 9/2022

Núm. Cendoj: 28079140012024100485

Núm. Ecli: ES:TS:2024:1735

Núm. Roj: STS 1735:2024

Resumen
Umivale Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Los trabajadores que teletrabajaron durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020 (estado de alarma por la Covid 19), no tienen derecho a la compensación por comida que la empresa abonó por cada día trabajado a los trabajadores que prestaron servicios en régimen presencial, precisamente porque estos últimos no podían realizar la comida en sus domicilios. Se confirma la sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional. En sentido coincidente con el rec. 271/2021, deliberado en esta misma fecha.

Voces

Jornada partida

Convenio colectivo

Coronavirus

Trabajo a distancia

Centro de trabajo

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Proceso de conflicto colectivo

Anulación de la sentencia

Derechos de los trabajadores

Entrega de dinero

Condiciones de trabajo

Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

Mutuas de accidentes