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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 21 de Septiembre de 1994
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Orden: Penal
Fecha: 21 de Septiembre de 1994
Tribunal: TSJ Madrid
Resumen:
Sentencia de 21 septiembre 1994
Ponente: Don Angel Arozamena Laso
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos. Sujeto pasivo. Derivación de responsabilidad. Necesidad de previa notificación.
Cuando se produce derivación de la acción tributaria respecto del tercero adquirente de bienes afectos por ley a una deuda tributaria, se precisa la notificación al mismo de la liquidación sin proceder directamente al apremio, pues ese responsable subsidiario puede elegir entre pagar la liquidación, dejar que prosiga la actuación de ejecución de la deuda tributaria, reclamar contra aquella liquidación o, en fin, contra la procedencia de la derivación. Reiterada doctrina jurisprudencial exige no sólo obligatoriedad, sino también gratuidad para la exclusión de terrenos afectos por lesión de la base del impuesto, supuesto que no acontece en los casos de compensación.
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-La transmisión en escritura pública de compraventa de 23 de octubre de 1986 (folios 2 a 9 del expediente remitido por fotocopia) de una finca de 18.617,35 metros cuadrados en el término municipal de Majadahonda, al sitio de Navaluenga, vendida por doña A. S. L. y otros, y adquirida por la entidad «G. de E. E. y de C., S.A.» (Gesec, S.A.) dio lugar, previa la corr...
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