Última revisión
Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 16 de Abril de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 16 de Abril de 1998
Tribunal: TSJ Madrid
Resumen
sentencia de 16 de abril de 1998
(Sección 5.ª)
Ponente: Sr. Don Eduardo Calvo Rojas
Impuesto sobre el Tráfico de empresas.
Deuda tributaria.
Prescripción. Extralimitación de allanamiento. Abogado del Estado.
El allanamiento del Abogado del Estado es correcto respecto a la prescripción concurrente del ejercicio fiscal de 1985, por paralización de la actividad inspectora por más de seis meses. No es procedente el allanamiento respecto del ejercicio de 1987 en donde no concurría prescripción, ni fue invocada por el recurrente, en tal caso el tribunal desconociendo el allanamiento debe dictar la sentencia justa.
Apreciada la prescripción respecto al ejercicio de 1985 no es posible, sin embargo, acceder a la pretensión del recurrente de que se determinen las cantidades por inversiones y creación de empleo realizada en ese ejercicio para deducirlas en ejercicios posteriores, pues tal prescripción opera a todos los efectos y no es viable desgajar determinados aspectos del ejercicio -los favorables al sujeto pasivo- pretendiendo que respecto a ellos no opere la prescripción.
Legislación citada: Ley de 28 de diciembre de 1963, artículo 64.a).
Voces
Allanamiento
Plazo de prescripción
Prescripción de cinco años
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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