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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de Junio de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 30 de Junio de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 30 de junio de 1998
Ponente: Ilma. Sra. Doña María Lourdes Arastey Sahun.
Despido no disciplinario
Calificación
No queda vinculada la empresa por el reconocimiento de la improcedencia del despido realizado en la conciliación extrajudicial, cuando no llevó a efecto la necesaria consignación de la cantidad a pagar al trabajador como dispone el art. 56.2º del Estatuto de los Trabajadores. El contrato de lanzamiento de nueva actividad firmado el último día del periodo de tres años del inicio de la actividad de la empresa es ajustado a derecho conforme a las previsiones del Real Decreto 2546/94, pues esta norma, a diferencia de la anterior regulación de la materia en el Real Decreto 2104/84, permite la prolongación de la duración del contrato más allá del período de lanzamiento, siempre que su formalización haya tenido lugar dentro del mismo.
Voces
Documentos aportados
Acto de conciliación
Medios de prueba
Consignación de cantidades
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PRIMERO.- La sentencia de instancia estima la demanda de despido del actor y declara la improcedencia del mismo condenando a la empresa las consecuencias legales …
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