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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 25 de Noviembre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 25 de Noviembre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 25 noviembre 1998
Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
Modalidades del contrato de trabajo
Contrato de trabajo para la formación
Formación teórica
Conversión por tiempo indefinido
Se declara que la empresa tiene el deber de controlar y supervisar la formación teórica del trabajador, incluso cuando la misma se imparte fuera del centro de trabajo, si bien ni puede llevarse esta obligación al extremo de considerar fraudulento el contrato de aprendizaje que, se celebra respetando todas las exigencias legales y en el que tan solo al trabajador es imputable el hecho de no haber recibido adecuadamente la formación, pues lo contrario seria tanto como dejar en manos del mismo la posibilidad de convertir en indefinida la relación de trabajo, beneficiándose se su propia conducta, convirtiendo. lo que seria un incumplimiento contractual bastante para justificar el despido disciplinario, en ventaja o provecho para beneficiar a quien unilateralmente desaprovecha el mecanismo de formación que pone a su disposición el empresario.
Legislación citada: Ley 10/94,art. 3.2º.
Voces
Modificación del hecho probado
Voluntad unilateral
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Recurre en suplicación el actor contra la sentencia de instancia que estima ajustado a derecho el contrato de aprendizaje formalizado entre las partes y …
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