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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 25 de Junio de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 25 de Junio de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 25 de junio de 1998
Derechos fundamentales
Igualdad ante la Ley
Se establece como principio general que es contrario al derecho de igualdad pagar un salario diferente a trabajadores que realizan idénticas funciones, únicamente en función de su fecha de ingreso en la empresa. Pero se declara conforme a derecho y no constitutivo de una doble escala salarial, el convenio colectivo en el que se establecen distintas categorías profesionales con desigual retribución en razón del tiempo que el trabajador lleva desempeñando un mismo puesto de trabajo, pues con ello se retribuye la mayor experiencia, calidad y eficacia en el trabajo, y este elemento diferenciador se estima suficiente para que no concurra la necesaria identidad entre unos y otros trabajadores que toda infracción del derecho de igualdad exige.
Voces
Principio de igualdad
Derecho de igualdad
Igualdad ante la ley
Responsabilidad
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Recurre en suplicación la parte actora, contra la sentencia de instancia que estimando en parte la demanda de impugnación de convenio colectivo declara …
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