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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 24 de Noviembre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 24 de Noviembre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 24 de noviembre de 1998
Ponente: JOSÉ DE QUINTANA PELLICER
Extinción del contrato de trabajo
Causas objetivas legalmente procedentes
Amortización de puesto de trabajo
Causas económicas
La situación económica negativa que autoriza la amortización del puesto de trabajo ha de ser valorada a nivel global de la empresa y no en referencia exclusiva a un centro de trabajo, sección o delegación de la misma, sin que pueda exigírsele al empresario una prueba plena de que tal situación puede ser superada como finalidad pretendida con la extinción del contrato de trabajo, puesto que se trata de una previsión de futuro sobre la que no cabe prueba completa, bastando solo con acreditar una expectativa razonable. En el supuesto enjuiciado se da cumplida satisfacción a la exigencia de la carga de la prueba de las dificultades económicas de la empleadora y la decisión adoptada, que se enmarca en un conjunto de medidas de reorganización empresarial, no aparece arbitraria, sino como un paso en su línea de contribuir a la superación del momento económico difícil por el que atraviesa, siendo aceptable que en este proceso de redistribución de personal y recursos se trasladen a otros empleados de la empresa al centro en el que prestaba servicios el trabajador cuyo contrato se extingue, e incluso puede llegar a admitirse la posibilidad de contrataciones temporales inmediatamente después de efectuado el despido por causas económicas, pues esta contratación puede obedecer a razones coyunturales y precisamente ayudar a que se ponga remedio a la dificultosa situación que se atraviesa.
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores art. 52, c.
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