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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 19 de Octubre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 19 de Octubre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 19 de octubre de 1998
Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL
Derechos fundamentales
Igualdad ante la ley
Se declara contraria al derecho de igualdad la diferencia retributiva establecida entre los trabajadores de una misma empresa, en función exclusivamente del momento de la contratación, sin vinculación alguna con la intensidad, naturaleza o duración del trabajo, o de otros particulares atinentes a la actividad laboral a desarrollar. Sin que sea justificación objetiva suficiente para esta desigualdad el que en el pacto alcanzado a este respecto entre empresa y trabajadores se haga constar que responde a un plan de saneamiento de la empresa en el, que como contraprestación al mantenimiento de la totalidad de la plantilla, se conviene la congelación salarial y un salario inferior para los nuevos trabajadores.
Legislación citada: Constitución española, art. 14; Estatuto de los Trabajadores art. 17.
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Igualdad ante la ley
Derecho de igualdad
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