Última revisión
Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 18 de Noviembre de 1998
Texto
Orden: Penal
Fecha: 18 de Noviembre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 18 de noviembre de 1998
Ponente: JOSE QUETCUTI MIGUEL
Los sujetos del contrato de trabajo
El trabajador
Exclusiones
Funcionarios públicos y personal estatutario
Entre el régimen de contratación administrativa y el laboral en cuanto a la prestación de servicios para la Administración Pública, no existe diferencia de contenido esencial, tratándose de una cuestión de mera técnica organizativa, siendo elementos esenciales para la adscripción a uno u otro régimen las expresiones o cláusulas que las partes de forma libre y autónoma, incorporan al contrato que suscriben, así como la calificación que hagan de él como laboral o administrativo, cediendo la presunción del art. 8 del Estatuto de los Trabajadores ante las cláusulas que disponen su adscripción y sujeción al mundo administrativo. En el caso enjuiciado se establece que los contratos son de naturaleza administrativa porque, fueron suscritos al amparo de la entonces vigente Ley de Contratos del Estado y Decreto 1005/74, que contempla el contrato de limpieza como una modalidad expresamente prevista como contrato administrativo de asistencia.
Legislación citada: Decreto 1005/1974, de 4 de abril; Ley de Contratos del Estado de 1965; Estatuto de los Trabajadores, art. 1 º.
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Que contra la sentencia de instancia que estimó la demanda y declaró la relación existente entre las actoras y el Departament d'Enseñáment de la …
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