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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 14 de Diciembre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 14 de Diciembre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 14 diciembre 1998
Ponente: IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA
Despido
Disciplinario
Incumplimiento contractual
Faltas asistencia o puntualidad
La baja médica concedida por el médico de cabecera no puede prevalecer frente al alta médica otorgada por la inspección médica, incluso aunque se hubiera dejado posteriormente sin efecto por sentencia judicial, puesto que los actos administrativos son directamente ejecutivos y tienen una presunción de validez que hace necesario su cumplimiento pese a los procesos contra ellos interpuestos. En tales circunstancias se declara procedente el despido disciplinario de la trabajadora, que en base al parte de baja emitido por el médico de cabecera se negó a reincorporarse a su puesto de trabajo tras tener el alta médica de la inspección y haber sido expresamente requerida a tal efecto por la empresa, sin tan siquiera intentar la reincorporación para probar ante la empresa si podía o no desempeñar su trabajo, y cuando las únicas dolencias que se estiman probadas no incapacitan para el desempeño de su actividad; lo que obliga a considerar injustificada la ausencia del puesto de trabajo.
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores, art. 54.2º, letra a.
Voces
Voluntad
Motivación de las sentencias
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Fondo del asunto
Principio de contradicción
Objeto del proceso
Causa petendi
Prueba de testigos
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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