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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 14 de Octubre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 14 de Octubre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 14 de octubre de 1998
Ponente: JOSÉ DE QUINTANA PELLICER.
Modalidades de contrato de trabajo
Contrato de trabajo para la formación
Requisitos
Fraude de ley
Se estima celebrado en fraude de ley el contrato para la formación concertado con trabajadora que se encuentra en posesión de un título académico de formación profesional de grado medio, y a quien la empresa destina a tareas diferentes a las correspondientes al puesto de trabajo objeto del contrato. Y no puede estimarse que la empleadora desconociere el hecho de que la trabajadora disponía de dicha titulación, ya que precisamente la destinó a un puesto de trabajo que exige una concreta y determinada especialización profesional coincidente con la titulación que ostentaba la trabajadora.
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores art. 11.2º y 15.3º
Voces
Declaración de hechos probados
Fraude de ley
Honorario profesional del abogado
Fundamentos
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