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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 13 de Octubre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 13 de Octubre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 13 de octubre de 1998
Ponente: JOSÉ DE QUINTANA PELLICER
Extinción del contrato de trabajo
Causas objetivas legalmente procedentes
Amortización de puesto de trabajo
Causas técnicas, organizativas o de la producción
Con anterioridad a la modificación del art. 52 c del Estatuto de los Trabajadores por el Real Decreto -Ley 8/1997, dicho precepto exigía para el despido objetivo individual por causas organizativas que la medida extintiva sirviera para garantizar la viabilidad futura de la empresa. La nueva regulación de esta materia suaviza esta exigencia en tanto que lo que el legislador impone ahora es que la medida contribuya a superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de la empresa. Ahora bien, ello no exime a la empresa de acreditar que tales dificultades existen y que la decisión extintiva se halla vinculada al mantenimiento de la posición competitiva de la empresa en el mercado o las exigencias de la demanda.
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores art. 52, c.
Voces
Indefensión
Error material
Declaración de hechos probados
Violación
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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