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Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 07 de Octubre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 07 de Octubre de 1998
Tribunal: TSJ Cataluña
Resumen
Sentencia de 7 de octubre de 1998
Ponente: JOSÉ DE QUINTANA PELLICER
Duración contratos de trabajo
Contratos temporales
Obra o servicio determinado
Extinción
El contrato para obra o servicio determinado cuando se refiere a empresas de construcción, no puede entenderse necesariamente para la realización total, completa y acabada de la obra de que se trate, sino que puede ser para cualquiera de sus elementos, fases o porciones que en una planificación técnica normal pueden sucederse tanto cronológicamente como en su ubicación geográfica o espacial. En el caso enjuiciado, el trabajador tenla un vinculo contractual de duración determinada hasta la finalización de la obra llevada a cabo por una empresa a su vez subcontratada por otra, y en tales circunstancias se considera ajustada a derecho la extinción de la relación laboral cuando la empresa principal pone fin a la contrata, lo que supone el fin de los trabajos en la obra de referencia para la empresa en la que presta servicios el demandante .
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores art. 49.3º.
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