Última revisión
Sentencia Penal Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, de 29 de Julio de 1993
Texto
Orden: Penal
Fecha: 29 de Julio de 1993
Tribunal: TSJ Andalucia
Resumen
Sentencia de 29 de julio de 1993
Ponente: Don Joaquín García Bernaldo de Quirós
Radicación. Establecimiento del impuesto. Improcedencia.
En el Ayuntamiento de Torremolinos no puede exigirse este impuesto al amparo de lo dispuesto en el número 2 del artículo 318 del Real Decreto Legislativo 781/1986 al ser precisa la autorización de la Comunidad Autónoma tratándose de un municipio de menos de 100.000 habitantes. Publicada dicha autorización en fecha 3 de octubre no puede ampararse el Ayuntamiento en las disposiciones transitorias de la Ley de Haciendas Locales.
Fundamentos
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero.-Se impugna la liquidación practicada por el Ayuntamiento de Torremolinos por el concepto tributario Impuesto de Radicación, y para el ejercicio fiscal de …
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