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Sentencia Penal Tribunal Supremo, Rec 3212/1990 de 15 de Noviembre de 1993
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 15 de Noviembre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTINEZ-CALCERRADA GOMEZ, LUIS
Resumen
RECURSO DE CASACIÓN SOBRE APLICACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL DE TRANSPORTES DE MERCANCÍAS.
En el art. 6.1 aptdo. c) del Convenio de Transporte Internacional, de 19 de mayo de 1956, se hace constar que en 'la Carta de Porte deberá contener la indicación y nombre y domicilio del transportista' y que en el presente caso, no es otro, que el de MAYCAL S.A., que es por tanto, quien ostenta la condición de porteador, que 'Cosotrans', no tiene parte en la ejecución del transporte, ni por lo tanto su aseguradora, al haber intervenido únicamente como arrendadora del remolque, por lo que, existe esa falta de legitimación pasiva.
TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CIVIL. En la Villa de Madrid, a quince de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.
Voces
Falta de legitimación pasiva
Interés legal del dinero
Responsabilidad
Intereses legales
Reclamación de cantidad
Práctica de la prueba
Dies ad quem
Plazo de prescripción
Peritaje
Legitimación pasiva
Indemnización del daño
Carga de la prueba
Reclamación extrajudicial
Fundamentos
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CIVIL
FECHA SENTENCIA: 15/11/1993
RECURSO Nº: 3212/1990
PROCEDIMIENTO: RECURSO DE CASACIÓN
PONENTE: LUIS MARTINEZ-CALCERRADA GOMEZ
En la Villa …
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