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Sentencia Penal Tribunal Supremo, de 22 de Septiembre de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 22 de Septiembre de 1998
Tribunal: Tribunal Supremo
Resumen
Sentencia de 22 de septiembre 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don Luis Gil Suárez
Convenio Colectivos.
Concurrencia.
Validez.
Un Convenio Colectivo de ámbito estatal no puede prohibir la negociación de materias no excluidas legalmente, ni establecer reglas de concurrencia opuestas a las legales respecto a Convenios Colectivos de ámbito inferior al estatal pero superior al de empresa. Las cláusulas de indivisibilidad o vinculación a la totalidad no deben dificultar la impugnación parcial, sin perjuicio de que de prosperar ésta se puede exigir la renegociación.
Legislación citada: Estatuto de los Trabajadores, artículos 83.2 y 84.2.
Voces
Ius cogens
Violación
Inmunidad
Derecho a la tutela judicial efectiva
Principio de legalidad
Indivisibilidad
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-En el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de mayo de 1996 se publicó el Convenio Colectivo estatal de la Madera, el cual, según establecen los artículos …
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