Sentencia Penal 801/2023 ...e del 2023

Última revisión
19/12/2023

Sentencia Penal 801/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Penal, Rec. 6452/2021 de 25 de octubre del 2023

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Orden: Penal

Fecha: 25 de Octubre de 2023

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR

Nº de sentencia: 801/2023

Nº de recurso: 6452/2021

Núm. Cendoj: 28079120012023100828

Núm. Ecli: ES:TS:2023:5048

Núm. Roj: STS 5048:2023

Resumen
· DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.· CONEXIÓN DE ANTIJURIDICIDAD: Expone el recurrente que las intervenciones telefónicas fueron nulas, y ellas fueron la fuente del Auto de entrada y registro, de donde deduce que la huella dactilar del acusado hallada en un utensilio empleado para confeccionar droga, no puede ser tomada en consideración.· El recurrente no expone ni un solo motivo de donde deducir la nulidad del Auto de intervenciones telefónicas. · RECURSO DE CASACIÓN: Debe ponerse de manifiesto, en el ejercicio de nuestra función hermenéutica, que es carga del recurrente exponer ante este Tribunal "ad quem" los motivos concretos que le llevan a considerar el alcance de su queja casacional, con todos sus fundamentos y elementos necesarios para su decisión, con clara exposición de su discrepancia, sin que sea labor de esta Sala Casacional intentar hacer conjeturas acerca de la razón de su disidencia.· Presunción de inocencia: huella dactilar, indicio de extraordinaria eficacia.· Respecto de la multa no ha sido rebajada en un grado como correspondería al estimar la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada. Procede, en consecuencia, estimar el recurso en este concreto particular.· DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.· CONEXIÓN DE ANTIJURIDICIDAD: Expone el recurrente que las intervenciones telefónicas fueron nulas, y ellas fueron la fuente del Auto de entrada y registro, de donde deduce que la huella dactilar del acusado hallada en un utensilio empleado para confeccionar droga, no puede ser tomada en consideración.· El recurrente no expone ni un solo motivo de donde deducir la nulidad del Auto de intervenciones telefónicas. · RECURSO DE CASACIÓN: Debe ponerse de manifiesto, en el ejercicio de nuestra función hermenéutica, que es carga del recurrente exponer ante este Tribunal "ad quem" los motivos concretos que le llevan a considerar el alcance de su queja casacional, con todos sus fundamentos y elementos necesarios para su decisión, con clara exposición de su discrepancia, sin que sea labor de esta Sala Casacional intentar hacer conjeturas acerca de la razón de su disidencia.· Presunción de inocencia: huella dactilar, indicio de extraordinaria eficacia.· Respecto de la multa no ha sido rebajada en un grado como correspondería al estimar la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada. Procede, en consecuencia, estimar el recurso en este concreto particular.

Voces

Drogas

Intervención telefónica

Delitos contra la salud pública

Atenuante

Huellas dactilares

Inhabilitación especial

Presunción de inocencia

Daños y perjuicios

Grave adicción a sustancias tóxicas

Delito de pertenencia a grupo criminal

Tiempo de condena

Antijuridicidad

Secreto de las comunicaciones

Representación procesal

Estupefacientes

Prueba pericial

Declaración de agente de la autoridad

Cannabis

Informes periciales

Coautoría

Prueba de indicios

Conclusiones provisionales

Hachís

Inspección ocular

Hecho delictivo

Registro de vivienda

Multa proporcional

Registro domiciliario

Tráfico de drogas

Organización delictiva

Calificación de los hechos