Sentencia Penal 447/2023 ...o del 2023

Última revisión
13/07/2023

Sentencia Penal 447/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Penal, Rec. 5034/2021 de 14 de junio del 2023

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Orden: Penal

Fecha: 14 de Junio de 2023

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: VICENTE MAGRO SERVET

Nº de sentencia: 447/2023

Nº de recurso: 5034/2021

Núm. Cendoj: 28079120012023100488

Núm. Ecli: ES:TS:2023:2872

Núm. Roj: STS 2872:2023

Resumen
Condena a seis personas que actuaron de forma concertada como grupo criminal en la perpetración de diversos robos en casa habitada en la misma comarca. Se les condena por la vía de los arts. 237, 238, 241.4 en relación con el art. 235.1.9º CP (grupo criminal) y 74 CP, siendo los dos condenados recurrentes a la pena de dos años y nueve meses de prisión y accesorias.Sentencia dictada por Audiencia Provincial y validada por el TSJ.Los recursos no superan en modo alguno los requisitos de una correcta técnica casacional, ya que se formulan por motivos en algunos casos ajenos a lo que más tarde extienden, y formulan una cuestión previa sin sustento en motivo alguno infringiendo el art. 874 LECRIM1.- Recurso de JesúsSostiene una cuestión previa sin basarla en motivo casacional alguno quejándose de que se puso un aparato de geolocalización en base a un auto del que posteriormente se reabren las diligencias. La medida de injerencia es correcta y está fundada. No hay queja alguna de la injerencia acordada como tal y es obvio que tal medida no fuera notificada a las partes porque no había todavía detenidos, aunque sí investigados en base a la actuación policial. No hay indefensión alguna como recogió la sentencia de la AP y del TSJ.1.- Lo fundamenta en art. 851.1 y 3 LECRIM y luego lo desarrolla en error en valoración de la prueba y discrepancias respecto a la condena por grupo criminal y robo en casa habitada.Hay sentencia del TSJ analizando la valoración de la prueba que ha sido reflejada con detalle y suficiencia por el tribunal de instancia y revisada por el TS. Se recoge y razona la condena por la agravación de pertenencia a grupo criminal en el robo ex art. 241.4 CP y por el delito de robo en casa habitada y su participación.2.- Al amparo del art. 852 LECrim, en relación con el art. 24.1 y 24.2 CE, vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia y al derecho de defensa.Se reiteran argumentos relativos a presunción de inocencia cuando hay sentencia del TSJ motivada que ha analizado la valoración de la prueba.3.- Atenuante del art. 21.5 CPPretende aplicar la suma aplicada por la fianza relativa a eludir la prisión con la suma que debe aplicarse a la atenuante de reparación del daño, así como los bienes decomisados.No puede admitirse la fianza exigida ni para la responsabilidad civil ni en la pieza de responsabilidad penal, ni los bienes decomisados para estimar la atenuante del art. 21.5 CP. Jurisprudencia de la Sala aplicable.2.- Recurso de NemesioEs idéntico en su contenido al anterior.Se desestiman los recursos.

Voces

Grupo criminal

Indefensión

Robo

Organización delictiva

Organización criminal

Atenuante

Reparación del daño

Delito de robo

Valoración de la prueba

Hecho delictivo

Presunción de inocencia

Robo en casa habitada

Derecho de defensa

Tipo penal

Modus operandi

Daños y perjuicios

Error en la valoración de la prueba

Práctica de la prueba

Peligrosidad criminal

Coautoría

Delito de pertenencia a grupo criminal

Autorización judicial

Incongruencia omisiva

Decomiso

Pertenencia a grupo criminal

Intervención telefónica

Atestado

Arrepentimiento espontáneo

Atestado policial

Cuestiones previas

Atenuante por dilaciones indebidas

Sobreseimiento provisional

Agravante

Registro domiciliario

Partes del proceso