Sentencia Penal 93/2015 T...o del 2015

Última revisión
30/03/2015

Sentencia Penal 93/2015 Tribunal Supremo. Sala de lo Penal, Rec. 1888/2014 de 17 de febrero del 2015

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Penal

Fecha: 17 de Febrero de 2015

Tribunal: TS

Ponente: VARELA CASTRO, LUCIANO

Nº de sentencia: 93/2015

Nº de recurso: 1888/2014

Núm. Cendoj: 28079120012015100109

Núm. Ecli: ES:TS:2015:819

Núm. Roj: STS 819/2015

Resumen
Delito contra la salud pública. * El cauce del art. 849.2 de la LECrim. Como recordábamos en la STS 1160/2011 de 8 de noviembre esta posibilidad de impugnación es una manifestación del control de lo que hoy podemos denominar interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (artículo. 9.3 de la Constitución Española), de tal suerte que solamente podría aplicarse en supuestos muy concretos en los que, habiendo una prueba indubitada sobre un extremo determinado, la sentencia de la instancia la había desconocido. Resulta especialmente relevante recordar la casuística jurisprudencia que, a los efectos de este motivo ha ido excluyendo la condición de documentos casacionales a las pruebas de naturaleza personas aunque estén documentadas por escrito generalmente: como declaraciones de imputados o testigos, el atestado policial y acta del Plenario, entre otras STS nº 875/2014 de 15 de diciembre; 834/2014 de 10 de diciembre; 220/2000 de 17 de Febrero, 1553/2000 de 10 de Octubre, SSTS de 4 de Marzo de 2010; 195/2012 ó 365/2012, 22 de junio de 2012, STS 5199/2012, Sentencia: 545/2012. | Conforme a la STS 545/2012 de 22 de junio Tampoco tiene el carácter de documento y por tanto carece de virtualidad impugnatoria, el soporte auditivo o audiovisual en el que se ha grabado el juicio. (Cfr. STS de 196/2006, 14 de febrero y 284/2003, 24 de febrero). Del mismo modo, la jurisprudencia de esta Sala ¬pudiendo citarse, entre otras, las SSTS 766/2008, 27 de noviembre y 335/2001, 6 de marzo¬, declara que las fotografías, no tienen carácter documental, a efectos casacionales, pues su contenido se halla matizado por el lugar desde donde se toman, de la iluminación, el color, lo que obviamente, sólo puede ser valorado por el Tribunal de Instancia. * Presunción de inocencia. Reitera doctrina

Voces

Drogas

Presunción de inocencia

Medios de prueba

Valoración de la prueba

Prueba pericial

Atestado policial

Error en la valoración de la prueba

Incongruencia omisiva

Prueba documental

Informes periciales

Declaración de hechos probados

Prueba de testigos

Responsabilidad penal

Entrega de dinero

Participación delictiva

Hecho delictivo

Delitos contra la salud pública