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Sentencia Penal Nº 89, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 267 de 30 de Junio de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 30 de Junio de 2000
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: ALAñON OLMEDO, FERNANDO
Nº de sentencia: 89
Resumen:
En la actualidad la doctrina mayoritaria del Alto
Tribunal respecto del momento interruptivo de la prescripción adopta una
posición intermedia: no basta con la apertura de un procedimiento destinado a
la investigación del delito en cuestión cuando este procedimiento se dirige
contra personas indeterminadas o inconcretas o contra personas diferentes de
quien interesa la prescripción, pero tampoco es exigible que se dicte auto de
procesamiento o se formalice judicialmente la imputación (mediante la citación
a declarar en concepto de inculpado), siendo suficiente para entender
interrumpida la prescripción por "dirigirse el procedimiento contra el
culpable" (en la incorrecta expresión legal pues no puede existir
culpable, mientras no haya sentencia firme condenatoria) que en la querella,
denuncia o investigación aparezcan nominadas unas determinadas personas, como
supuestos responsables del delito o delitos que son objeto del procedimiento,
siendo equiparable a esta hipótesis los supuestos en que la denuncia, querella
o investigación se dirija contra personas que, aún cuando no estén
identificadas nominalmente, aparezcan suficientemente definidas, doctrina
acogida sustancialmente en las sentencias de 25 de Enero de 1994, 104/95 de 3
de Febrero, 279/95, de 1 de Marzo, 437/97, de 14 de Abril, 794/97, de 30 de
Septiembre, 1181/97, de 3 de Octubre y 1364/97 de 11 de Noviembre entre
otras.Contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción de Celanova, en
los autos de juicio de faltas núm. 60/99, rollo de apelación núm. 89/00, cuya
resolución se confirma, declarando de oficio las costas de la alzada.
Fundamentos
El Ilmo. Sr. D. Fernando Alañón olmedo, Magistrado de la Audiencia Provincial de Ourense, a quien por turno ha correspondido el conocimiento del juicio de faltas que luego se dirá, dicta en nombre de S.M. el Rey la siguiente
S E N T E N C I A NUM 267
En Ourense, a treinta de junio de dos mil.
Rollo de apelación n° 89/2000, procedente del Juzgado de Instrucción de Celanova, en el que se sigui...
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