Sentencia Penal Nº 85, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 77 de 07 de Junio de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 07 de Junio de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: FERRER GONZALEZ, JOSE
Nº de sentencia: 85
Resumen
Ahora bien la admisión como prueba de cargo de las
declaraciones sumariales en los casos de retractaciones o contradicciones
requiere que las mismas se hayan introducido en el juicio oral mediante el
cumplimiento estricto de los requisitos que señala el artículo 714 L.E.Cr.. mediante lectura, a instancia de parte, de la declaración prestada en el sumario e invitación por el Juez o Tribunal al testigo para que explique la
diferencia o contradicción que entre sus declaraciones se observe. La lectura
íntegra de la declaración, o de la parte de ella que se intenta hacer valer
como prueba frente a lo declarado en el juicio oral, aparece como un requisito
necesario para garantizar la efectiva contradicción pues solo mediante aquella
el acusado alcanza pleno conocimiento de los hechos que mediante aquella se
intentan introducir en su contra en el juicio y puede así, inquirir sobre ellos
al testigo ( o contradecirlo con otras pruebas)., Por otra parte, ha de
señalarse que la norma no contempla la lectura de la declaración sumarial de
oficio por el Tribunal sino solo a instancia de parte; la parte que pretenda
introducir en el juicio oral una declaración sumarial deberá pedirlo de manera
expresa, estamos, pues, en presencia de una de las manifestaciones del principio
acusatorio. La ausencia de efectiva contradicción, por falta de lectura de la
declaración de fase de instrucción, constituye la segunda de las alegaciones
del recurso.La aportación de la declaración sumarial de víctima al juicio oral
no se habría realizado con los requisitos del artículo 714 L.E.Cr por lo que, conforme a la doctrina antes expuesta, la misma no posibilitó la efectiva
contradicción de la misma por parte de la defensa del acusado, por lo que
aquella carecía de validez como prueba de cargo. Descartada la posibilidad de
utilizar como prueba de cargo la declaración sumarial de la víctima la mayor o
menor coherencia interna de la declaración prestada en el juicio oral, negando
la sustracción del dinero mediante la violencia, carece de trascendencia a los
efectos de prueba de los hechos objeto de acusación.
Voces
Prueba de cargo
Delito de robo
Robo con violencia
Responsabilidad
Falta de maltrato de obra
Retractación
Sentencia firme
Arrebato
Presunción de inocencia
Arresto
Reincidencia
Delito de falso testimonio
Prueba documental
Fuerza probatoria
Prueba anticipada
Derecho de defensa
Hecho delictivo
Violencia
Pago anticipado
Declaración de la víctima
Falta de lesiones
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
VIGO
APELACION PENAL
Rollo: 85/00-A
P. ABREVIADO: 392/99
Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL NUMERO TRES DE VIGO
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