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Sentencia Penal Nº 77, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 137 de 24 de Julio de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 24 de Julio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 77
Resumen
JUICIO DE FALTAS POR IMPRUDENCIA CON VEHICULOS A MOTOR
El recurso se basa en el testimonio del testigo
presencial. En realidad no podríamos valorarlo por no tratarse de una prueba en
sentido propio. El derecho a la presunción de inocencia significa que se le
presume inocente mientras no se pruebe lo contrario, esto es, mediante
"pruebas" legítimas, y solo tienen este carácter, las practicadas en
el juicio oral, ante el Tribunal y sometidas al derecho de las partes a
contradecirlas.
Es cierto que el art. 730 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es una excepción admitida en los casos de imposible o muy difícil
reproducción de la prueba en el juicio oral exigiéndose al Tribunal un plus o
expresión de las razones de la formación de su convicción sobre tal prueba.
Voces
Falta de lesiones
Título ejecutivo
Testigo presencial
Presunción de inocencia
Culpa
Prueba de cargo
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 4
ROLLO NUM. 137/99
REPARTO NUM. 4/774/99
Órgano Procedencia:
JDO. INSTRUCCION N. 2 de A CORUÑA
Proc. Origen:
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