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Sentencia Penal Nº 69, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 67 de 06 de Julio de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 06 de Julio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 69
Resumen
Tampoco hubo error en la aplicación del artículo 586 bis del Código Penal actual, pues no puede dejar de reconocerse la conducta manifiestamente imprudente del conductor del camión denunciado en su maniobra
de parada en una peligrosísima curva, invadiendo gran parte de la calzada,
cuando había podido hacerlo un poco antes en un espacio abierto fuera de la
calzada, constando, además, que no había encendido las luces de emergencia ni
señalizado la inadecuada posición del camión con la colocación de los correspondientes
triángulos de aviso.Se desestima el recurso.
Voces
Falta de lesiones por imprudencia
Responsabilidad
Ejecución de sentencia
Valor venal
Plazo de prescripción
Culpa
Relación de causalidad
Indemnización justa
Perjuicio estético
Perjuicios estéticos
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 5
Rollo: 67 /1999
JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PADRON
JUICIO DE FALTAS n° 263 /1996
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