Sentencia Penal Nº 657/2016, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 421/2016 de 19 de Julio de 2016
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Orden: Penal
Fecha: 19 de Julio de 2016
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: JORGE BARREIRO, ALBERTO GUMERSINDO
Nº de sentencia: 657/2016
Núm. Cendoj: 28079120012016100679
Núm. Ecli: ES:TS:2016:3707
Núm. Roj: STS 3707:2016
Resumen
- Condena del acusado como autor de un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento y de otro delito de agresión sexual con prevalimiento realizado dos años más tarde. El acusado ejecutó abusos sexuales sin consentimiento a la hija de su compañera sentimental, que tenía 18 años de edad, en el domicilio que compartían por hallarse ésta estudiando en Valencia. Dos años después la obligó con violencia e intimidación a realizarle una felación. El recurso no prospera. - No concurre vulneración de derecho fundamental a la presunción de inocencia a tenor de la prueba de cargo y de descargo practicada. - El hecho de que el Tribunal no haya admitido en la vista oral del juicio que se visionara la entrevista que el perito psicólogo de la defensa efectuó a la víctima para elaborar un test, no conlleva en este caso una denegación de prueba que genere una indefensión material determinante de una nulidad del juicio. El Tribunal examinó esa grabación de imagen y sonido como un documento en la sentencia, y si bien no se trata de una prueba ilícita y por lo tanto la entrevista pudo haberse visionado en la vista oral (si fuera necesario incluso excluyendo la publicidad de la vista para la realización de esta diligencia), su práctica no se considera necesaria e imprescindible al no ser relevante para el resultado probatorio ni determinante del contenido del fallo de la sentencia. - La aplicación de la agravación punitiva por concurrir prevalimiento en la conducta del acusado se ajusta a derecho. La denunciante había entrado a vivir en el domicilio del compañero sentimental de su madre para estudiar en la Universidad de Valencia, conviviendo con él porque así se lo indicó la madre debido a la relación que mantenía con el acusado. Se estableció de esta forma una relación de convivencia en la que el acusado (37 años mayor que la víctima), por su relación con la madre de Carla, tenía a ésta bajo su custodia de facto en la vivienda, estableciéndose una relación cuasiparental que, en el contexto que se daba, conllevaba un vínculo de jerarquía y ascendencia que determinaba una relación de superioridad de la que -como dice la sentencia- se aprovechó el acusado para ejecutar los hechos delictivos en ese clima cuasifamiliar de convivencia y confianza. - Se daba así la situación fáctica propia del prevalimiento, concebida jurisprudencialmente como una agravación punitiva fundamentada en la facilidad que proporciona para la ejecución del hecho delictivo la situación de superioridad o cuasifamiliar que concurre en el caso concreto, lo que implica que la conducta delictiva sea perpetrada con un plus de antijuridicidad y de culpabilidad que justifica la exasperación de la cuantía de la pena.
Voces
Abuso sexual
Prevalimiento
Agresión sexual
Presunción de inocencia
Delito de agresión sexual
Grabación
Prueba de cargo
Delito continuado de abusos
Indefensión
Medios de prueba
Prueba pericial
Informes periciales
Delito de abusos sexuales
Responsabilidad
Libertad sexual
Días impeditivos
Interés legal del dinero
Libertad vigilada
Vigilancia penitenciaria
Daños morales
Principio de culpabilidad
Declaración del testigo
Acceso carnal
Derecho a la tutela judicial efectiva
Objeto del proceso
Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales
Intimidación
Violencia
Hecho delictivo
Indicio objetivo
Prueba documental
Valoración de la prueba
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Julio de dos mil dieciséis.
Esta Sala, compuesta como se hace constar, ha visto el recurso de casación interpuesto contra la
…
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