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Sentencia Penal Nº 59/2005, Audiencia Provincial de Melilla, Sección 7, Rec 61/2005 de 12 de Diciembre de 2005
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Orden: Penal
Fecha: 12 de Diciembre de 2005
Tribunal: AP - Melilla
Ponente: BENITEZ YEBENES, JUAN RAFAEL
Nº de sentencia: 59/2005
Núm. Cendoj: 52001370072005100383
Núm. Ecli: ES:APML:2005:381
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Melilla, sobre lesiones causadas en siniestro.El Tribunal Constitucional dice:"En casos de apelación de sentencias absolutorias, cuando aquélla se funda en la apreciación de la prueba, si en la apelación no se practican nuevas pruebas, no puede el Tribunal de segunda instancia, revisar la valoración de las practicadas en la primera instancia, cuando por la índole de las mismas, es exigible la inmediación y la contradicción." Por tanto, no puede revisarse en esta alzada, la conclusión fáctica de la sentencia apelada, pues este Tribunal carece de la inmediación de la prueba practicada en primera instancia. El mismo confirma la falta de culpabilidad del demandado por las lesiones producidas al demandante en el accidente de circulación.
Voces
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Temeridad
Mala fe
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA
SECCION SEPTIMA
MELILLA
Rollo Recurso de Apelación Nº 61/05
Juicio de Faltas Nº 523/2003
Juzgado de Instrucción Nº Cuatro.
SENTENCIA Nº 59
En Melilla …
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