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Sentencia Penal Nº 58/2009, Audiencia Provincial de Cadiz, Sección 3, Rec 218/2008 de 20 de Febrero de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 20 de Febrero de 2009
Tribunal: AP - Cadiz
Ponente: RUBIO ENCINAS, ANA MARIA
Nº de sentencia: 58/2009
Núm. Cendoj: 11012370032009100030
Resumen
Se estima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 4 de Algeciras sobre delito de amenazas. La Sala considera, conforme a lo establecido por la doctrina, que se ha vulnerado el derecho de defensa del apelante al haber sido condenado sin ser oído en juicio, ya que no consta que se hayan cumplido las formalidades legales en la citación practicada, dado que desde el momento de su detención manifestó no hablar la lengua española, debiendo ser asistido de un intérprete, y no se especifica en la diligencia de constancia que idioma se utilizó en la llamada telefónica por la que se le notificó la fecha del juicio, por lo que no hay constancia de que entendiera el contenido de la misma y de las consecuencias de su incomparecencia; por tanto, procede decretar la nulidad de las actuaciones hasta el momento anterior a la celebración del juicio, a fin de que se efectúen las citaciones con todas las formalidades legales. Según la doctrina constitucional, en la medida en que hacen posible la comparecencia del interesado y la defensa de sus derechos e intereses, los actos de comunicación representan una exigencia ineludible para que las garantías constitucionales del proceso resulten aseguradas.
Voces
Actos de comunicación
Derecho de defensa
Representación procesal
Interés legitimo
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Voluntad
Comparecencia en juicio
Delito de amenazas
Encabezamiento
S E N T E N C I A Nº 58/09
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
MANUEL GROSSO DE LA HERRAN
MAGISTRADOS:
ANA …
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