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Sentencia Penal Nº 56, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 80 de 05 de Diciembre de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 05 de Diciembre de 2000
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO
Nº de sentencia: 56
Resumen
JUICIO DE FALTAS POR IMPRUDENCIA EN LA CIRCULACIÓN
Se produce un accidente de circulación en el que un
vehículo propiedad de la empresa apelada, al llegar a un tramo a nivel
debidamente señalizado por obras y con velocidad limitada se ve obligado a
parar con motivo de dichas obras y estando en esta situación, se produce una
colisión por alcance por del vehículo conducido por el acusado que le sigue en
la marcha a una velocidad inadecuada y no consigue frenar a tiempo,
produciéndose la colisión.
El primer punto al que se refiere el recurrente es al
relativo a la posible prescripción de la acción pues la reclamación de la
empresa propietaria del primer vehículo no se formalizó hasta transcurrido
mucho más de un año desde el siniestro. Tal afirmación es cierta pero no lo es
menos que se siguió ininterrumpidamente el procedimiento en contra del
conductor denunciado y estaba viva la acción penal en consecuencia hemos de
entender que no estaba prescrita la acción civil que podía ejercitar el
perjudicado.
Respecto a una reclamación por la reparación de un
ordenador que presumiblemente se habría dañado a consecuencia del accidente, no
se dan las condiciones mínimas para entender que está acreditado tal perjuicio
como derivado del siniestro. Respecto a la obligación de sustituir el vehículo
siniestrado, las facturas de esta sustitución no están ratificadas por el
emisor pero se podrá hacer esta ratificación posteriormente.
El último punto es el relativo a la reclamación que
realizó la empresa por las cantidades que hubo de abonar como complemento entre
el importe de salario que durante el tiempo de baja abonó al lesionado la
seguridad social y el total del sueldo que, en alta, venía percibiendo, al
respecto no hay ni la menor prueba objetiva en la que poder basarnos para la
estimación de tal pretensión que ha de verse rechazada pues no hay ni siquiera
la posibilidad de sentar las bases para la ejecución de sentencia pues nada se
ha probado, ni siquiera indiciariamente.
Voces
Autor responsable
Apercibimiento
Responsabilidad
Arresto
Trabajos en beneficio de la comunidad
Ejecución de sentencia
Perjuicio económico
Perjuicios económicos
Prescripción de la acción
Acción penal
Daños materiales
Acción prescrita
Economía procesal
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 2ª
Rollo 80 /2000
órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de BECERREA
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS n° 86 /1999
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