Última revisión
Sentencia Penal Nº 393/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 159/2009 de 29 de Septiembre de 2009
Relacionados:
Orden: Penal
Fecha: 29 de Septiembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: BENITO LOPEZ, ALEJANDRO MARIA
Nº de sentencia: 393/2009
Voces
Práctica de la prueba
Antecedentes penales
Robo con fuerza
Estupefacientes
Responsabilidad
Responsabilidad penal
Grave adicción a sustancias tóxicas
Atenuante
Robo con fuerza en las cosas
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00393/2009
Procedimiento abreviado nº 137/2007
Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid
Rollo de Sala nº 159/2009
ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY, la
siguiente:
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Presidente
D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
Magistrados
Dª ARACELI PERDICES LÓPEZ
D EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
En Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil nueve.
Visto en segunda instancia por esta Sección Primera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de 26 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 137/2007, seguido contra Jesús .
Habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante el citado acusado representado por la procuradora doña Mª Ángeles Almansa Sanz y defendido por el letrado don Juan Carlos Fernández de Puelles, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. don ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ.
Antecedentes
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal dictó sentencia en la causa indicada cuyo relato fáctico y parte dispositiva dicen:
HECHOS PROBADOS.- "Apreciando en conciencia la prueba practicada, expresa y terminantemente se declara probado que en la madrugada del día 14 de Septiembre de 2005, el acusado Jesús , mayor de edad, con antecedentes penales que se pueden considerar cancelados, tras fracturar el cierre de seguridad y el cristal de la puerta de entrada al bar Tubar, sito en la c/ Mercurio, 10 de Madrid, se apoderó de bebidas, alimentos, cadena de música, DVD y un ordenador portátil que estaban en su interior, así corno de 300 ? después de fracturar la caja registradora y 600 ? que había en una caja, por los que no se reclama.
En el momento de cometer los hechos anteriormente descritos el acusado actuaba influido por su grave adicción a las sustancias tóxicas y estupefacientes."
FALLO.- "Condeno al acusado Jesús , ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, atenuante de drogodependencia, de un delito de Robo con fuerza a la pena de prisión de un año, accesorias interesadas y al pago de las costas procesales."
SEGUNDO.- Contra dicha resolución la representación del acusado interpuso el recurso de apelación.
TERCERO.- Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado al Fiscal, quien lo impugnó, se elevó el procedimiento original a este Tribunal, donde se formó el oportuno rollo de Sala, señalándose el día de hoy para su deliberación.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00393/2009
Procedimiento abreviado nº 137/2007
Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid
Rollo de Sala nº 159/2009
ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY, la
siguiente:
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Presidente
D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
Magistrados
Dª ARACELI PERDICES LÓPEZ
D EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
En Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil nueve.
Visto en segunda instancia por esta Sección Primera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de 26 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 137/2007, seguido contra Jesús .
Habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante el citado acusado representado por la procuradora doña Mª Ángeles Almansa Sanz y defendido por el letrado don Juan Carlos Fernández de Puelles, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. don ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ.
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal dictó sentencia en la causa indicada cuyo relato fáctico y parte dispositiva dicen:
HECHOS PROBADOS.- "Apreciando en conciencia la prueba practicada, expresa y terminantemente se declara probado que en la madrugada del día 14 de Septiembre de 2005, el acusado Jesús , mayor de edad, con antecedentes penales que se pueden considerar cancelados, tras fracturar el cierre de seguridad y el cristal de la puerta de entrada al bar Tubar, sito en la c/ Mercurio, 10 de Madrid, se apoderó de bebidas, alimentos, cadena de música, DVD y un ordenador portátil que estaban en su interior, así corno de 300 ? después de fracturar la caja registradora y 600 ? que había en una caja, por los que no se reclama.
En el momento de cometer los hechos anteriormente descritos el acusado actuaba influido por su grave adicción a las sustancias tóxicas y estupefacientes."
FALLO.- "Condeno al acusado Jesús , ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, atenuante de drogodependencia, de un delito de Robo con fuerza a la pena de prisión de un año, accesorias interesadas y al pago de las costas procesales."
SEGUNDO.- Contra dicha resolución la representación del acusado interpuso el recurso de apelación.
TERCERO.- Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado al Fiscal, quien lo impugnó, se elevó el procedimiento original a este Tribunal, donde se formó el oportuno rollo de Sala, señalándose el día de hoy para su deliberación.
Que ESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la representación del acusado contra la sentencia de 26 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 137/2007, seguido contra Jesús , debemos REVOCAR dicha resolución, y en su lugar se absuelve libremente al referido acusado del delito de robo con fuerza en las cosas que se le imputaba, declarando de oficio las costas de ambas instancias.
Contra esta sentencia no cabe recurso.
Así por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando en la segunda instancia, lo pronunciamos mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
Fallo
Que ESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la representación del acusado contra la sentencia de 26 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 137/2007, seguido contra Jesús , debemos REVOCAR dicha resolución, y en su lugar se absuelve libremente al referido acusado del delito de robo con fuerza en las cosas que se le imputaba, declarando de oficio las costas de ambas instancias.
Contra esta sentencia no cabe recurso.
Así por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando en la segunda instancia, lo pronunciamos mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
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