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Sentencia Penal Nº 308/2011, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 10, Rec 77/2010 de 01 de Marzo de 2011
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Orden: Penal
Fecha: 01 de Marzo de 2011
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: PLANCHAT TERUEL, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 308/2011
Núm. Cendoj: 08019370102011100200
Resumen
SENTENCIA ABSOLUTORIA EN JUICIO DE FALTAS.- Improcedencia de revisar en apelación tanto la valoración de la prueba como la aplicación de la norma sustantiva.- Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia absolutoria dictada en juicio de faltas seguido en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Barcelona.La Sala declara que tanto en los supuestos en que el recurso de apelación discrepe de las premisas fácticas en que se apoya la resolución apelada (invocando errónea valoración probatoria) como en aquellos en que únicamente se objete la calificación jurídica (asumiendo "ad integrum" los hechos declarados probados), la ausencia de previsión legal en el desarrollo de la vista que pudiere celebrarse en segunda instancia, comporta que la observancia obligada a la doctrina constitucional sentada (art. 5.1 LOPJ) impida revisar tanto la valoración de la prueba como la aplicación de la norma sustantiva, por comprometerse, de otro modo, el Derecho fundamental a un proceso con todas las garantías.Por todo lo expuesto, procede la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de la Resolución apelada.
Voces
Valoración de la prueba
Medios de prueba
Presunción de inocencia
Prueba de cargo
Sentencia de condena
Práctica de la prueba
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
Sección Décima
Rollo de apelación nº 77/10
Juicio de faltas nº 968/08 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Barcelona
S E N T E N C I A Nº
En Barcelona, a uno …
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