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Sentencia Penal Nº 27, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 120 de 08 de Marzo de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 08 de Marzo de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FERNANDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ, ANTONIO
Nº de sentencia: 27
Resumen
No ha logrado el apelante desvirtuar en esta alzada los
acertados fundamentos de la sentencia apelada, pues en efecto los hechos que se
declaran probados son constitutivos de la falta de hurto prevista y penada en
el art. 623.1 del Código Penal, habida cuenta de lo declarado por Erasmo P , que el denunciado había traspasado la línea de caja, sin abonar el importe de
las botellas que había cogido de los expositores del mercantil, de lo que no
cabe inferir mas que como el Juzgador "a quo", que la intención del
recurrente fue la de apropiarse de dichos efectos con ánimo de lucro, sin que
la versión de los hechos dada por el apelante pueda ser estimada, en atención a
la declaración del testigo presencial de los hechos.Se desestima el recurso.
Voces
Falta de hurto
Hurto
Arresto
Ánimo de lucro
Declaración del testigo
Testigo presencial
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 4ª
ROLLO: 120 /1999
REPARTO NUM. 4/677/99
Órgano Procedencia:
JDO. INSTRUCCION N. 5 de A CORUÑA
Proc Origen:
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