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Sentencia Penal Nº 24, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 104 de 08 de Marzo de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 08 de Marzo de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 24
Resumen
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 4ª
ROLLO: 104 /1999
REPARTO NUM. 4/587/99
Órgano Procedencia:
JDO. Origen:
JUICIO DE FALTAS n° 151 /1998
NUMERO 24/2000
DON CARLOS FUENTES CANDELAS, Magistrado, como Tribunal
Unipersonal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de La Coruña, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación número 4.587/99 interpuesto
contra Sentencia dictada por el JUZGADO INSTRUCCIÓN N° 6 DE SANTIAGO, en el
Juicio de Faltas número 151/98, seguido por una falta de DAÑOS, figurando como
apelante la Entidad CASER; y como apelados RICARDO U, designando a efecto de
notificaciones al Procurador SR. GARRIDO PARDO y MERCEDES P , designando a
efecto de notificaciones al Procurador SR. LAGE. Siendo parte el MINISTERIO
FISCAL.
Que en el juicio de faltas aludido se dictó Sentencia de
26.3.99, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno
a Dª. Asimismo, con la responsabilidad civil directa y solidaria de la compañía
de seguros CA..,
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de
apelación ante éste Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial, en el
plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, en la forma
que disponen los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal". Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso
contra la misma, en tiempo y forma, recurso de apelación por CA..,
CUARTO.-
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los de la sentencia recurrida.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los de la sentencia apelada, y:
UNICO.- según lo ya especificado en la providencia del
Juzgado de 26-5-1999, entonces carece de legitimación para recurrir defendiendo
intereses ajenos, como son los de su asegurada condenada penalmente, quedando
limitada la actuación de aquélla al ámbito de la responsabilidad civil (STC de
15-5-1988, STS de 17-10-1991, 7-4-1994, etc). En el caso que nos ocupa, todo el
escrito de recurso se fundamenta en combatir la cuestión de la responsabilidad
penal por lo que, sin mayores comentarios, resulta un recurso improsperable.
Vistos los preceptos legales de general y pertinente
aplicación.
y confirmo la sentencia condenatoria apelada.
Contra la presente resolución no cabe recurso ordinario
alguno.
Devuélvanse los autos originales al Juzgado de que
proceden, con testimonio de esta Sentencia para su conocimiento y cumplimiento.
Voces
Días-multa
Responsabilidad penal
Sentencia de condena
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 4ª
ROLLO: 104 /1999
REPARTO NUM. 4/587/99
Órgano Procedencia:
JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de SANTIAGO DE COMPOSTELA
Proc. Origen:
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