Sentencia Penal Nº 199/20...zo de 2011

Última revisión
30/03/2011

Sentencia Penal Nº 199/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 2017/2010 de 30 de Marzo de 2011

Tiempo de lectura: 123 min

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Orden: Penal

Fecha: 30 de Marzo de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE, JUAN RAMON

Nº de sentencia: 199/2011

Núm. Cendoj: 28079120012011100184

Núm. Ecli: ES:TS:2011:1803

Resumen
Se estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por uno de los acusados, y se desestima el interpuesto por los restantes, todos ellos contra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Tercera, en causa seguida por delitos contra la salud pública y deposito de armas de guerra. La Sala declara que en relación al delito de deposito de armas de guerra, la inferencia que realiza la Sala en relación con este recurrente, no se ajusta a las reglas de valoración probatoria siendo factibles otras hipótesis alternativas, susceptibles de ser calificadas como razonables.En efecto la Sala "a quo" valora unas informaciones recibidas del Grupo de Atracos, sobre que la familia se dedicaba al trafico de armas, pero el agente perteneciente a dicho Grupo, concretó que de los miembros del Clan al que pertenecían los acusados, eran otras dos personas quienes se dedicaban al tráfico de armas, sin que en momento alguno hiciera mención al padre, el aquí recurrente, como vinculado con dicho trafico. Siendo así, el único dato incriminatorio seria que en la chabola en la que las armas fueron halladas, se encontraron tres facturas a una joyera portuguesa datadas en el mes de julio 2007 -época en que se estaban investigando policialmente los hechos que se enjuician- a nombre de la esposa de este recurrente, pero resulta evidente que este indicio no tiene naturaleza inequívocamente incriminatoria por cuanto cabe la posibilidad, más que fundada, de que fuera la propia titular de las facturas quien las dejara allí o cualquiera de sus familiares, como sus dos hijos y no necesariamente su marido, sin olvidar que incluso el simple conocimiento que este pudiera tener de la existencia de las armas en la chabola por su relación familiar con uno de los moradores, su hijo, no seria suficiente para fundamentar su autoría. De todo ello se puede concluir que no existen pruebas suficientes para fundamentar la condena.

Voces

Presunción de inocencia

Drogas

Intervención telefónica

Prueba de cargo

Actividad probatoria

Medios de prueba

Autorización judicial

Tipo penal

Prueba de indicios

Estupefacientes

Inviolabilidad

Inviolabilidad del domicilio

Hecho delictivo

Diligencias de investigación

Conexión de antijuricidad

Delitos contra la salud pública

Hachís

Aportación de pruebas

Práctica de la prueba

Coautoría

Indefensión

Delito flagrante

Derecho a la tutela judicial efectiva

Indicio racional

Causalidad

Sentencia de condena

Comisión del delito

Registro domiciliario

Tráfico de drogas

Valoración de la prueba

Registro de vivienda

Tenencia de armas

Auto de entrada y registro

Encabezamiento

SENTENCIA

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En los recursos de casación por quebrantamiento de forma, infracción precepto constitucional e infracción de Ley que …

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