Sentencia Penal Nº 182/20...ro de 2005

Última revisión
15/02/2005

Sentencia Penal Nº 182/2005, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 124/2004 de 15 de Febrero de 2005

Tiempo de lectura: 30 min

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Orden: Penal

Fecha: 15 de Febrero de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE, JUAN RAMON

Nº de sentencia: 182/2005

Núm. Cendoj: 28079120012005100160

Núm. Ecli: ES:TS:2005:880

Resumen:
Cuando se infringen los deberes de auto tutela, la lesión patrimonial no es imputable objetivamente a la acción del autor, por mucho que el engaño pueda ser causal -en el sentido de la teoría de la equivalencia de condiciones- respecto del perjuicio patrimonial. De acuerdo con el criterio del fin de protección de la norma no constituye fin del tipo de la estafa evitar las lesiones patrimoniales fácilmente evitables por el titular del patrimonio que con una mínima diligencia hubiera evitado el menoscabo, pues el tipo penal cumple solo una función subsidiaria de protección y un medio menos gravoso que el recurso a la pena es, sin duda, la auto tutela del titular del bien.

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a quince de Febrero de dos mil cinco.

En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por la acusación particular en representación de DELTA ONE ESTABLISHMENT, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 15ª, que absolvió a los acusados, por un delito estafa continuada; los componentes de la Sala Segunda de...

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