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Sentencia Penal Nº 163, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1003 de 24 de Septiembre de 1999
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 24 de Septiembre de 1999
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: TABOADA CASEIRO, MARIA DEL CARMEN
Nº de sentencia: 163
Resumen
El primer motivo del recurso se fundamenta en el error
en la apreciación de las pruebas.Así, en primer lugar, se alega que el acusado
no informado de su derecho a contrastar los resultados de las dos pruebas de
detección alcohólica. Pero tal alegación debe rechazarse toda vez que en el
atestado al folio 5 consta que informado de su derecho a contrastar
voluntariamente los resultados obtenidos, mediante análisis de sangre, orina a
otros análogos, rehusando el acusado contrastar tales resultados.
Si bien es cierto que únicamente se unió al atestado el
referido ticket, pero uno de los agentes que declaró en juicio manifestó que se
realizaron las dos pruebas, aunque no recordaba si constaban o no los dos
tickets, aclarando también que cuando la prueba se realiza con alcoholímetro
manual no deja ticket, pero es que además el propio acusado en juicio manifestó
que " sopló dos veces y arrojo el resultado de 0,70; por tanto, resulta
evidente que se realizaron las dos pruebas y además el acusado conocía perfectamente
su resultado, conforme manifestó en juicio.
Pero tal prueba ya valorada por el Juzgador en relación
con las demás pruebas; así el primer agente que declaró en juicio manifestó que
el acusado no hizo referencia a la minusvalia, si bien presentaba la
deambulación típica de haber bebido, y segundo agente declaró también que el
acusado no cojeaba y que su deambulación era vacilante, especificando que no
mantenía verticalidad y no seguía la línea recta. Por tanto debe mantenerse la
apreciación de la deambulación vacilante en el acusado.Asimismo hace referencia
el apelante a la existencia de un tercer vehículo y que no aparece referido en
la sentencia, un ciclomotor, pero tal extremo carece de trascendencia por que
de las declaraciones del conductor del otro vehículo resulta que el acusado lo
adelantó por el carril de la derecha y se enganchó en la defensa de su vehículo
al volver al carril de la izquierda, y si bien observó la presencia del
ciclomotor ninguna intervención le atribuye al mismo, ni resulta de ninguna
otra prueba.Las costas de este recurso se declaran de oficio.Se desestima el
recurso.
Voces
Bebida alcohólica
Atestado
Delito contra la Seguridad Vial
Análisis de sangre
Prueba de cargo
Principio de presunción de inocencia
Prueba de testigos
Embriaguez
Fundamentos
A. PENAL Nº 1003/99-JM
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 19/98; JUZGADO DE LO PENAL Nº 1
DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
JUICIO ORAL Nº.-390/98
N U M E R O 163
La Coruña, a veinticuatro de …
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