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Sentencia Penal Nº 157, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 219 de 30 de Octubre de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 30 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: CRISTIN PEREZ, JESUS FRANCISCO
Nº de sentencia: 157
Resumen:
Es verdad que el incumplimiento de la obligación fijada,
al aprobar el convenio regulador de sus efectos, en sentencia firme de
separación matrimonial, tuvo su origen en una incomprensible actitud de la
querellante, al quedar debidamente probado, tanto por la declaración de la
mujer como, especialmente, de la hija común, la voluntad del acusado de hacer
entrega de las 20.000 ptas mensuales -e incluso mayor cantidad- en mano a la
menor, ya que en todo momento estuvo dispuesto a atender sus necesidades por medio
de la compra de ropa, libros escolares y cualquier tipo de gastos con entregas,
incluso, para atenciones personales de la hija. Lo relatado revela la necesidad
de confirmar la sentencia condenatoria apelada, con independencia de que el
acusado, en su caso y en atención al comportamiento tenido con su hija, pueda
acogerse a alguna de las medidas señaladas en las dos primeras secciones del
Capítulo III del Libro I del Código Penal.
Se desestima el recurso.
Fundamentos
La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Iltmos. Sres. D. Jesús-Francisco Cristín Pérez, Presidente, D. José-Ramón Godoy Méndez y Dª. Josefa Otero Seivane, Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la siguiente
S E N T E N C I A N Ú M. 157
En OURENSE, a treinta de octubre del año dos mil.
Visto el recurso de apelación núm. 219/00, dimanante del procedimiento abrev...
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