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Sentencia Penal Nº 151, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1006 de 18 de Marzo de 1999
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Orden: Penal
Fecha: 18 de Marzo de 1999
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: BARRALLO SANCHEZ, ANGEL
Nº de sentencia: 151
Resumen
apelacion civil
Se notifica dicha sentencia a las partes, se interpuso
contra la misma en tiempo y forma recurso de apelación por la representación
del de la demandada, que le fue admitido en ambos efectos y previos los oportunos
emplazamientos de las partes se elevaron las actuaciones a esta Superioridad,
ante la que comparecieron en tiempo y forma las partes y evacuados los
traslados conferidos para instrucción, se señaló para la celebración de la
vista el día 16-03-99, fecha en la que tuvo lugar con la asistencia de las
partes, que solicitaron se dictara sentencia de acuerdo con sus respectivas
pretensiones.La invocación de pérdida de eficacia ejecutiva de los cambiales
objeto de litigio por infracción de la normativa tributaria, carece de
viabilidad, pues si bien la entidad mercantil basa su pretensión en ocho
cambiales librados el 1º de Mayo de 1995, con vencimiento cuatro, el 10 de
Septiembre de 1995, y otras cuatro el 10 de octubre de 1995, dimanantes del
mismo negocio jurídico, y el artículo 36 del Real Decreto Legislativo 1/1993 de 24 de Septiembre establece que si en sustitución de la letra de cambio que
correspondiese a un acto o negocio jurídico se expediesen dos o más letras,
originando una disminución del impuesto, procederá la adición de las bases
respectivas a fin de exigir la diferencia, sin embargo es de resaltar que las
normas fiscales han de ser interpretadas restrictivamente, en cuanto
limitadoras de un derecho a la jurisdicción, reconocido en el artículo 24.1 de
la Constitución (sentencia Audiencia Provincial 3 de Febrero de 1993), y que la
previsión del citado precepto se refiere a la adición de las bases pero no a la
privación de la fuerza ejecutiva del título, por lo que la falta del timbre
procedente en las cambiales pudiera constituir una infracción tributaria pero
sin transcendencia en el ámbito de la fuerza ejecutiva (sentencias Audiencias
Provinciales de Madrid 1 de octubre de 1991, Granada 18 de Abril y 13 de Mayo
de 1991, Coruña 12 Abril 1994, Lugo 29 de Marzo de 1995 y 4 de Noviembre de
1996, Badajoz 22 Mayo de 1996).Que se desestima el recurso.
Voces
Negocio jurídico
Reclamación de cantidad
Bienes embargados
Responsabilidad
Seguridad jurídica
Carga de la prueba
Fuerza ejecutiva del título
Provisión de fondos
Fundamentos
JUZGADO: lª INSTANCIA DE ORTIGUEIRA
ROLLO: Nº 1006/97 -P
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