Última revisión
02/09/2004
Sentencia Penal Nº 143/2004, Audiencia Provincial de Avila, Sección 1, Rec 183/2004 de 02 de Septiembre de 2004
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 02 de Septiembre de 2004
Tribunal: AP - Avila
Ponente: MANSILLA MOLINA, CARMEN
Nº de sentencia: 143/2004
Nº de recurso: 183/2004
Núm. Cendoj: 05019370012004100236
Núm. Ecli: ES:APAV:2004:253
Resumen
Si se aplica sutura es porque existe una herida abierta que la precisa, aunque las consecuencias de no hacerlo, dada la entidad de la lesión, pudieran revestir una mayor o menor gravedad ". Por ello, esta Sala concluye que la sutura del labio inferior de la víctima fue precisa para cerrar una herida incisa, tratándose de una labor reparadora, siendo ésta requerida, a los efectos de configurar el delito de lesiones previsto en el Art. 147.2 CP y ello aunque la persona pudiera curar y sanar sin necesidad de la misma, en el supuesto de que no se le hubiera practicado la citada sutura, eso sí, con un mayor defecto estético que la medicina actual tiene que tratar de paliar. Por todo ello, el motivo ha de ser desestimado.
Voces
Práctica de la prueba
Delitos de lesiones
Legítima defensa
Error en la valoración de la prueba
Representación procesal
Valoración de la prueba
Agresión ilegítima
Prueba de testigos
Medios de prueba
Amenazas
Tipicidad
Modus operandi
Responsabilidad penal
Falta de provocación suficiente
Primera asistencia facultativa
Falta de lesiones
Documentos aportados
Sentencia firme
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