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Sentencia Penal Nº 142, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 20 de 04 de Abril de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 04 de Abril de 2000
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: ALAñON OLMEDO, FERNANDO
Nº de sentencia: 142
Resumen
.- Entiende la recurrente que la conducta del ciclista
denunciante fue distinta a la recogida en la sentencia apelada. Hubo, según
sostiene, un acceso a la carretera N-542 previo cumplimiento de la señal de
ceda el paso que regía su actuación, sobreviniendo el accidente por el exceso
de velocidad y falta de atención que llevaba la denunciada.
El atestado incoado por la policía local, que obra unido
a las actuaciones, ubica los daños de la bicicleta en la parte trasera de la
misma y en su sillín; los daños del turismo están localizados en su parte
delantera y lateral izquierda. Este dato muestra, de manera indudable, que la
posición de la bicicleta habría de ser paralela al eje de la vía. señaló que el
ciclista se encontraba, tras el accidente, a la altura del ceda el paso; de
otro lado las huellas de frenada dejadas por el turismo vienen a concluir a la
altura del propio ceda el paso.
Voces
Atestado
Causalidad
Práctica de la prueba
Error en la valoración de la prueba
Causa eficiente
Mala fe
Temeridad
Culpa
Fundamentos
El/la Ilmo./a. Sr./a. D./Dª. Fernando Alañon Olmedo, magistrado de la Audiencia Provincial de Ourense, a quien por turno ha correspondido el conocimiento del juicio de faltas que luego se …
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