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Sentencia Penal Nº 133/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 89/2008 de 17 de Noviembre de 2009
Relacionados:
Orden: Penal
Fecha: 17 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: BELTRAN NUñEZ, ARTURO
Nº de sentencia: 133/2009
Voces
Delitos de falsedades
Estafa
Antecedentes penales
Libertad provisional
Delito continuado de falsedad
Documentos oficiales
Falsedad documental
Concurso medial
Delito de estafa
Reparación del daño
Sentencia de conformidad
Atenuante
Días hábiles
Encabezamiento
ROLLO P. A. Nº 89/08
DILIG. PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 5786/06
Procedente del Juzgado de Instrucción Nº 47 DE MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN QUINTA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Arturo Beltrán Núñez
Magistrados:
Dª. Paz Redondo Gil
D. Pascual Fabiá Mir
En Madrid, a diecisiete de noviembre de dos mil nueve
Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la Causa Rollo P.A. Nº 89/2008, procedente del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid, seguida por presuntos delitos de falsedad y estafa contra Fermina , nacida en Rumanía el 20/10/1979, hija de Varili y Yoana con N.I.E. NUM000 y domicilio en Madrid, calle DIRECCION000 NUM001 , portal NUM002 - NUM003 , sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa en la que han sido parte el Ministerio Fiscal, la acusación particular en la persona jurídica de la Comunidad de Madrid, representada por el Procurador D. Jacinto Gómez Simón y asistida del Letrado D. José Borja Gómez Encina y dicha acusada presentada por la Procuradora Dª. María Luisa Estirgo Lozano y defendida por la Abogada Dª Raquel Nieto Ruiz.
Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Arturo Beltrán Núñez.
Antecedentes
PRIMERO.- En el acto del juicio el Ministerio Fiscal acusó a la imputada de ser autora de un delito continuado de falsedad en documento oficial y mercantil en concurso medial con un delito de estafa también continuado; el primero previsto y penado en los artículos 392 y
SEGUNDO.- La acusación particular se adhirió íntegramente a la calificación y pretensiones punitivas y de resarcimiento del Ministerio Fiscal.
TERCERO.- La acusada mostró su conformidad con los hechos imputados y con las penas y responsabilidades civiles exigidas, y su defensa solicitó se dictara sentencia de conformidad.
Fundamentos
ROLLO P. A. Nº 89/08
DILIG. PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 5786/06
Procedente del Juzgado de Instrucción Nº 47 DE MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN QUINTA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Arturo Beltrán Núñez
Magistrados:
Dª. Paz Redondo Gil
D. Pascual Fabiá Mir
En Madrid, a diecisiete de noviembre de dos mil nueve
Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la Causa Rollo P.A. Nº 89/2008, procedente del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid, seguida por presuntos delitos de falsedad y estafa contra Fermina , nacida en Rumanía el 20/10/1979, hija de Varili y Yoana con N.I.E. NUM000 y domicilio en Madrid, calle DIRECCION000 NUM001 , portal NUM002 - NUM003 , sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa en la que han sido parte el Ministerio Fiscal, la acusación particular en la persona jurídica de la Comunidad de Madrid, representada por el Procurador D. Jacinto Gómez Simón y asistida del Letrado D. José Borja Gómez Encina y dicha acusada presentada por la Procuradora Dª. María Luisa Estirgo Lozano y defendida por la Abogada Dª Raquel Nieto Ruiz.
Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Arturo Beltrán Núñez.
PRIMERO.- En el acto del juicio el Ministerio Fiscal acusó a la imputada de ser autora de un delito continuado de falsedad en documento oficial y mercantil en concurso medial con un delito de estafa también continuado; el primero previsto y penado en los artículos 392 y
SEGUNDO.- La acusación particular se adhirió íntegramente a la calificación y pretensiones punitivas y de resarcimiento del Ministerio Fiscal.
TERCERO.- La acusada mostró su conformidad con los hechos imputados y con las penas y responsabilidades civiles exigidas, y su defensa solicitó se dictara sentencia de conformidad.
En atención a todo lo expuesto este Tribunal HA DECIDIDO:
CONDENAR a Fermina como autora de los calificados delitos de falsedad y estafa con la concurrencia de la circunstancia atenuante apreciada a las penas de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, a indemnizar a las entidades perjudicadas en las cantidades solicitadas por el Ministerio Fiscal y la Acusación particular y al pago de las costas del juicio.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación del que conocerá la Sala 2ª del Tribunal Supremo, y que deberá ser anunciando ante esta Audiencia en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
En atención a todo lo expuesto este Tribunal HA DECIDIDO:
CONDENAR a Fermina como autora de los calificados delitos de falsedad y estafa con la concurrencia de la circunstancia atenuante apreciada a las penas de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, a indemnizar a las entidades perjudicadas en las cantidades solicitadas por el Ministerio Fiscal y la Acusación particular y al pago de las costas del juicio.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación del que conocerá la Sala 2ª del Tribunal Supremo, y que deberá ser anunciando ante esta Audiencia en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
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