Última revisión
Sentencia Penal Nº 128/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 7, Rec 78/2009 de 02 de Diciembre de 2009
Relacionados:
Orden: Penal
Fecha: 02 de Diciembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: DEL MOLINO ROMERA, ANA MERCEDES
Nº de sentencia: 128/2009
Núm. Cendoj: 28079370072009100838
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 7ª
ROLLO DE SALA 78/09-PA
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 1420/96
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 30 DE MADRID
SENTENCIA Nº 128/09
ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS
DOÑA MARÍA LUISA APARICIO CARRIL
DOÑA ÁNGELA ACEVEDO FRÍAS
DOÑA ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA
En Madrid, a dos de diciembre de dos mil nueve
VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 7ª de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el nº 1420/96, procedente del Juzgado de Instrucción nº 30 de Madrid y seguida por el trámite de procedimiento abreviado, por el delito de proposición para cometer un delito de lesiones, contra Dª Bernarda , nacida en Barcelona el día 30 de marzo de 1964, vecina de Madrid, hija de Miguel Ángel y de María del Pilar, en libertad provisional por esta causa, estando representada por el Procurador D. Manuel Monfort Edo y defendida por la Letrada Dª Sara Isabel Bedoya Piquer. Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y como acusación particular D. Cristobal , Dª Esmeralda y D. Eutimio , representados por la Procuradora Dª Olga Muñoz González y defendidos por la Letrada Dª Modesta Rodríguez Martín, asimismo Dª Irene , representada por la Procuradora Dª María del Carmen de la Fuente Baonza y defendida por el Letrado D. Rafael Cavero y actuando como ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA.
Antecedentes
PRIMERO.- El Ministerio Fiscal en el acto del Juicio Oral modificó sus calificaciones provisionales en el sentido de calificar definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de proposición para cometer un delito de lesiones del art. 151 en relación con el art. 149 y
SEGUNDO.- En el acto del juicio oral, la acusación particular, en nombre de D. Cristobal , muestra su conformidad con la modificación efectuada por el Ministerio Fiscal. Asimismo retira la petición de indemnización que venía solicitando.
TERCERO.- La acusación particular en nombre de Dª Esmeralda y de Eutimio modifica sus conclusiones en el sentido de adherirse a las conclusiones formuladas por el Ministerio Fiscal, retirando la petición de indemnización que venía solicitando.
CUARTO.- La acusación particular en nombre de Dª Irene desiste en el acto del juicio oral de la acusación que venía formulando.
QUINTO.- Asimismo la acusación particular en nombre de D. Jacobo , retira la acusación que venía interesando.
SEXTO.- En el acto del juicio oral la acusada y su defensa mostraron su conformidad con los escritos del Ministerio Fiscal y de las acusaciones particulares, modificados en el acto del juicio oral, así como con la pena y demás pedimentos interesados por las acusaciones.
Fundamentos
PRIMERO.- A tenor del Art.
Mostrada su conformidad, en el acto del juicio oral por la defensa y por el acusado, así como por las acusaciones particulares, presentes en dicho acto, con el escrito de acusación, procede, según lo que establece el artículo
SEGUNDO.- Toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente a tenor de lo dispuesto en el artículo
TERCERO.- Conforme al Art.
CUARTO.- A tenor de lo preceptuado en el artículo
Fallo
CONDENAMOS a Bernarda , como autora penalmente responsable de un delito de proposición para cometer un delito de lesiones del artículo 151 , en relación con el art. 149 y
Esta sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.
ASÍ, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Sala y se anotará en los Registros correspondientes, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.